ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL N° 3 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE:
PRIMERO: CALIFICA LA FLAGRANCIA, en la aprehensión de los imputados LUIS GILBERTO GUIO ARCHIRLA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 83.049.019 fecha 24-12-78, 27 años de edad, soltero, profesión u oficio chofer, hijo Luis Antonio Guio y Carmen Tulia Archirla, residenciado Avenida Venezuela 8-34, Barrio Pueblo Nuevo, San Antonio, por presunta comisión del delito Transporte de Materiales Peligrosos, previsto y sancionado en el artículo 83 de la Ley Sustancias Materiales y Desechos Peligrosas, por considerar que se encuentran llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Se acuerda el trámite de la presente causa por el procedimiento ABREVIADO, de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal P.....