1.- ADMITE recurso de apelación interpuesto por el abogado ANTONIO RAÚL CONESA NUÑEZ, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos LISBETH DEL VALLE CASTRO, OSWAL JESUS ACOSTA BENITEZ y JEISÓN EDUARDO OLIVO CASTRO, titulares de la cédula de identidad N° V- 14.768.088, V- 24.177.090 y V- 22.283.325, respectivamente, en contra de la decisión emitida en fecha 28/05/2014, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO LA MEDIDA JUDICIAL PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD a los referidos ciudadanos, por la presunta comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÍPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas..
2.- ADMITE el escrito de contestación interpuesto por el Ministerio Público.