Vista la decisión que antecede, mediante la cual se ordena efectuar un nuevo cómputo en virtud de la redención de la pena por el trabajo y estudio acordada a favor del ciudadano MANUEL VICENTE VELASQUEZ MALAVE, identificado con cédula de identidad V-18.325.178, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, donde nació en fecha 03/06/1987, de 26 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Ramón Velásquez (F) y Nicasia Malave (v), residenciado en: Catia La Mar, sector Vista al Mar, frente al callejón Las Animas, cerro Los Vargas, callejón San José, casa S/N, de bloques gris, cerca del kiosco, estado Vargas, teléfono: 0424-1846232, de conformidad con lo establecido en los artículos 471, 488 y 497, todos del Código Orgánico Procesal Penal, pasa a realizarlo en lo siguientes términos: