DECRETA el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, a favor de los adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, por la presunta comisión del delito de DAÑOS A LA PROPIEDAD Y LESIONES PERSONALES INTENCIONALES GRAVES, por haber transcurrido mas de Un (01) años, sin que la representación fiscal haya solicitado la reapertura del procedimiento, de conformidad con lo establecido en el articulo 562 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.