PRIMERO: Se ordena la reanudación del presente proceso de conformidad con lo dispuesto en el articulo 47 numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal y en virtud de la admisión de los hechos realizada por el acusado para a dictar sentencia condenatoria de conformidad con el articulo 375 Ejusdem. SEGUNDO: Declara CULPABLE al ciudadano JOSÈ ALBERTO TORRES RIVAS, en su carácter de imputado, titular de la cedula de identidad Nº V-6.888.190, de estado civil: casado, nacido en fecha 03-09-1964, residenciado en Macuto, el Cojo, Calle El Sol, casa S/N, cerca de la bodeguita de la negra Esther, Estado Vargas, por el delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LILIAN JOSEFINA FRANCO SANDOVAL, titular de la cédula de identidad Nº V-10.577.094, victima en la presente causa. TERCERO: Se CONDENA a cumplir la pena de de OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, conforme.....