PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud de la Defensa Pública y se decreta la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES del ciudadano RENE ALEJANDRO BELLO LADERA, titular de la cédula de identidad nº V-19.627.040, por considerar que no existen suficientes elementos de convicción que comprometan su responsabilidad en la presunta comisión del delito de LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solitud interpuesta por el representante del Ministerio Público de ventilar la presente causa por la vía DEL PROCEDIMIENTO PARA EL JUZGAMIENTO DE LOS DELITOS MENOS GRAVES, conforme a lo establecido en el artículo 354 de la Ley Adjetiva Penal, toda vez que faltan algunas diligencias procesales por practicarse. TERCERO: Se acuerda expedir las copias solicitadas por las partes. CUARTO: Se remitirá las presentes actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público cuando se tenga información de parte de la Fiscalía de la Sala de Flagrancia, qué Fi.....