DISPOSITIVA
Con base en los fundamentos antes expuestos, esta CORTE DE APELACIONES EN PENAL ORDINARIO Y RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 442 en relación con el artículo 428 del Código Orgánico Procesal Penal, ADMITE por la profesional del Derecho Dra. YULLICAR MARÍN en su carácter de Defensora Pública Décima Auxiliar Primera para el Sistema de Responsabilidad Penal del Adolescente, de los adolescentes IDENTIDADES OMITIDAS, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Primero de Control de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, en fecha 05 de febrero de 2018, mediante la cual decretó LA PRIVATIVA DE LIBERTAD por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO COMO COAUTORES MATERIALES INMEDIATOS Y DIRECTOS, previsto y sancionado en el artículo 458 en conco.....