PRIMERO: No Acoge la aprehensión en flagrancia, de conformidad con el artículo 96 de la ley especial. En virtud de que existe una Orden de Aprehensión de fecha (15/03/2016) en contra del ciudadano DANIEL ENRIQUE GONZALEZ MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-11.061.166. SEGUNDO: Se ACUERDA que la presente causa se ventile por el procedimiento Especial previsto en el artículo 97 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. TERCERO: Este tribunal Acoge la precalificación fiscal en cuanto al delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, ACOSO U HOSTIGAMIENTO, AMENAZA AGRAVADA Y VIOLENCIA FÍSICA, previstos y sancionados en los artículos 39, 40, 41 primer aparte y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. CUARTO: En Cuanto a la solicitud fiscal de que sean acumuladas las causas WP01-S-2015-003358 y WP01-S-2016-000250., este Tribunal acuerda la Acumulación de la presente causa, quedando la causa orgi.....