Se declara: ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, a los ciudadanos THAIS JULIETA ALFONZO DE CARRERO y de los ciudadanos JULIA CORREA DE ALFONZO, EURIDICES FELICIA ALFONZO CORREA, MARIBEL ALFONZO CORREA, ALEX DAVID ALFONZO CORREA, JOSE GREGORIO ALFONZO CORREA, PEDRO GUILLERMO ALFONZO CORREA, así como a los ciudadanos KAREN MARIEL SEQUERA ALFONSO, MORRIS DAMIAN SEQUERA ALFONZO y LOREN LUISANA SEQUERA ALFONSO, en su carácter de herederos de la finada ciudadana ONELYS BEATRIZ ALFONSO CORREA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.460.866, V- 2.904.579, V- 6.479.919, V- 5.573.270, V- 7.995.072, 6.491.989, 6.482.057, V- 14.767.830, V- 16.547.927 y V- 19.273.967 respectivamente, con respecto a su causante, PEDRO ALFONSO PACHECO, dejando a salvo el derecho de terceros.