Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el artículo 185 del Código Civil Venezolano, y del criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia de fecha 02/06/2015, Exp. Nro. 12-1163, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, por consiguiente declara DISUELTO el vínculo matrimonial que unía a los ciudadanos LIUBRENDY YSABEL CHACON DE QUINTAL Y JUAN CARLOS MENDEZ AVILA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.572.327 y V-16.509.485, respectivamente, contraído por ante La Primera Autoridad Civil de la Parroquia Urimare, en fecha 09/12/2011, asentada bajo el N° 125, del Libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias qu.....