Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado La Guaira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento, presentado por el abogado PASCUAL ELIO NAPOLETANO LA CUZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nro. 49.568, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARIA ORISIA LEONOR SILVA DE PEREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° 6.475.268, parte actora en el presente juicio, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los Artículos 263, 264 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.-