DISPOSITIVA.-
Por todos los razonamiento antes; este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; DECLARA LA EXTINCION DE LA PENA IMPUESTA, así como la RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano REINALDO JOSE REQUENA IRIARTE, quien es de nacionalidad Venezolana, natural de La Guaira, donde nació el 23-11-1977, de profesión u oficio Supervisor de Seguridad, de estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nro. 13.373.114, residenciado en Subida San Julián, entrada El Caimito, casa Nro. 03, parroquia Caraballeda, estado Vargas, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en virt.....