DISPOSITIVA.
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra el ciudadano DIAZ NUÑEZ WILLIAMS FLORENCIO, venezolano, natural de La Guaira, nacido el 22-05-59, de 44 años de edad, estado civil casado, profesión u oficio comerciante, titular de la cédula de identidad Nº 5.573.031, residenciado en Colinas de Catia La Mar, calle Nº 1, Quinta Los Lechos, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas, hijo de Florencio Adolfo Díaz (f) y Petra María Núñez de Díaz (v), de conformidad con el artículo 318 ordinal 3º concatenado con el artículo 48 ordinal 6º, ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se ordena la libertad sin restricciones del ciudadano: DIAZ NUÑEZ WILLIAMS FLORENCIO, antes identificado levantándose en consecuencia la medida cautelar sustitutiva decretada por este.....