DISPOSITIVA
En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, CONDENA al ciudadano RONI ELY VILLALOBOS DELGADO, titular de la cédula de identidad Nº V-15.560.659, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, estado civil Soltero, natural de Venezuela, de profesión u oficio Geólogo, nacido en fecha 07-06-1983, de 27 años de edad, hijo de Rubén Darío Villalobos (v) y Leída Delgado (v), residenciado en Urbanización San Jacinto, Sector III, Vereda 5, casa 13, Maracaibo, Estado Zulia, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, delito cometido en las circunstancias de mod.....