Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: SANTIAGO JOSE SERRANO LOPEZ, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-5.099.490, asistido por el abogado ERICK J. PEÑA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 52.113, y el croquis de las bienhechurías anexo al mismo, éste Tribunal la admite. En consecuencia, se ordena librar oficio a la Dirección de Catastro Municipal del Estado Vargas, una vez conste en autos la consignación de los fotostatos correspondientes, a fin de que se sirva informar a éste Tribunal a la mayor brevedad posible, si el terreno donde se encuentran ubicadas las bienhechurías sobre las cuales se pretende constituir el Título Supletorio pertenece al Municipio Vargas y cualquier otra información adicional de la cual tenga conocimiento. En caso de pertenecer el terreno al municipio, certifique la existencia de la bienhechuría, superficie ocupada, linderos, uso y demás características relacionada c.....