1.- Se declara COMPETENTE para conocer la ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por interpuesta por el Abogado IVAN ANTONIO LEZAMA HERNANDEZ a favor del ciudadano PIERGIORGIO SERLONI, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Circunscripcional, ello de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
2.- Se declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta ante la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de esta Circuito Judicial en fecha 13/01/2014 y recibido en esta Alzada en esa misma fecha, por el Abogado IVAN ANTONIO LEZAMA HERNANDEZ a favor del ciudadano PIERGIORGIO SERLONI, contra el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control Circunscripcional, por no haberse acreditado la legitimación activa para actuar en nombre del precitado ciudadano.