ADMITE los recursos de apelación interpuestos por: 1.- la Defensora Pública, Abogada ARELIS BEATRIZ NAVARRO, en representación de la imputada MARISELA MATOS MOSCO, 2.- los Defensores Privados Rafael Quiroz y Juan González, en representación del imputado LEONARDO JOSE ROJAS PEREZ, y 3.- declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública ARELIS NAVARRO, en representación de LEONARDO JOSE ROJAS PEREZ; todos ellos en contra de la decisión dictada en fecha 9 de septiembre de 2007, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual le impuso a los imputados señalados ut supra, Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con los artículos 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal