Este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio planteada de conformidad con el criterio jurisprudencial contenido en la Sentencia N° 1070-2016 y la sentencia N° 136-2017, emanadas de la Sala Constitucional y la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, y por consiguiente declara DISUELTO el vinculo matrimonial que unía a los ciudadanos DANUVIS PADRON PAEZ y CARLOS ALFREDO LINO AGUAYO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.277.106 y V-22.758.253, respectivamente, contraído por ante la Unidad de Registro Civil del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha en fecha 07/08/2009, asentada bajo el N°141, Tomo 01, Folio 141, del libro de Registro Civil de Matrimonio llevados por ese Despacho. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes.