DISPOSITIVA
Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud del Ministerio Público en relación a que el presente procedimiento se ventile por la vía del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo establecido en el ultimo aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la solicitud realizada por la Fiscal del Ministerio Público en cuanto a que se mantenga la Medida de Privación Judicial Preventiva de libertad en contra del ciudadano JOSE QUINTERO, quien dijo ser de Nacionalidad Venezolana, Natural de la Guaira, Estado Vargas, nacido en fecha (no la Recuerda), de 32 años de edad, de estado civil Soltero, de profesión u oficio ( se dedica a recoger latas de la calle) , hijo de Tirso Montes (F) y de Marielis Josefina Quintero (V) , Indocumentado, residenciado en (No tiene reside.....