Se ORDENA ACUMULAR la presente causa a la causa identificada con el N° WL01-P-1999-000031 de conformidad con lo establecido 479 numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, y de conformidad con el artículo 87 del Código Penal se tiene que el penado GUSTAVO ENRIQUE MAYORA MARCANO, portador de la cédula de identidad N° V-12.461.355, debe cumplir la pena de TRECE (13) AÑOS Y DIEZ (10) MESES DE PRESIDIO, mas las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal.