CONDENA al acusado DONIEL ELEAZAR BETANCOURT GUTIERREZ, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 09-08-1969, hijo de DANIEL BETANCOURT (V) y EMELIA GUTIERREZ (V), de estado civil soltero, de profesión u oficio Moto taxista, titular de la cédula de identidad N° 10.544.030, y con residencia en De Calero a Desamparado, edificio Asunción, Piso 2, La Candelaria, Apartamento 2-b. Caracas, a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÒPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas, delito cometido en las circunstancias de modo, tiempo y lugar que quedaron establecidas en la presente. Asimismo, se le condena a cumplir las penas accesorias establecidas en el artículo 178, numeral 4 de la Ley Orgánica de Drogas, a la confiscación de los bienes decomisados que le fueron incautados al momento de su.....