PRIMERO: Se decreta el SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano JULIO CESAR PEREZ GUANCHEZ, de nacionalidad venezolano, natural de Los Teques, Estado Miranda, fecha de nacimiento 07-04-1968, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Técnico de Sonido, hijo de Elvia Guanchez (v) y Julio Pérez (v), titular de la cédula de identidad N° 10.375.569, residenciado en San Pedro de los Altos, Calle el Cubito, casa N° 04, Los Teques, Estado Miranda, por la comisión de los delitos de LESIONES PERSONALES CULPOSAS DE CARÁCTER GRAVE, LESIONES PERSONALES CULPOSAS DE CARÁCTER LEVE y DAÑOS MATERIALES, previstos y sancionados en los artículos 420 numerales 1 y 2, y 473 del Código Penal, de conformidad con lo previsto en el en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en segundo aparte del artículo 40, en el numeral 6 del artículo 48, y con el artículo 330 numeral 7, Ejusdem. Y ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: De conformidad con lo .....