ACUERDA excluir de los registros policiales que pudieran presentar el ciudadano: YOEL ARNALDO MAYORGA ROMERO; ya identificado, en virtud de haberse dictado sentencia de SOBRESEIMIENTO a su favor, en fecha 29/09/2.004; POR HABER CUMPLIDDO CON LA CONDICIONES IMPUESTAS; de conformidad con lo previsto en el Artículo 45, del Código Orgánico Procesal Penal; en virtud de la imputación efectuada en su contra, por la Fiscalía Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, por el delito de APROVECHAMIENTO DE VEHÍCULO PROVENIENTE DE HURTO O DE ROBO, previsto y sancionado en el Articulo 9, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos, de conformidad con el Artículo 37 (hoy derogado), de Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficios a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros de personas solicitadas.....