Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Circuito Civil de la Circunscripción Judicial del estado La Guaira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de Amparo Constitucional incoada por los ciudadanos JOSE LUIS TORRES MACAREÑO, YOLANDA TORRES MACAREÑO y BASILIO ACOSTA LEDESMA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de Identidad Nros. V- 5.095.809, V- 6.481.442, V-v 5.577.651 respectivamente, parte agraviada, debidamente asistidos por las abogadas LIRIO DEL VALLE PADILLA FIGUEROA e INGRID KATIUSKA LORENZO PEROZO, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 73.777 y 47.165 respectivamente, contra el ciudadano GUSTAVO JOSE RODRIGUEZ VILLARROEL, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° V- 10.576.946, debidamente asistido por el abogado PASCUAL NAPOLETANO, inscri.....