SANCIONA al ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA, Venezolano, de 16 años de edad, Titular de la cédula de identidad N° V-. , a cumplir la sanción de LIBERTAD ASISTIDA E IMPOSICIÓN DE REGLAS DE CONDUCTA por un lapso de UN (01) AÑO, de manera simultanea las cuales consisten en: 1- prohibición de portar ningún tipo de arma de fuego o arma blanca ni objeto que simule serlo 2-incorporarse al sistema educativo y/o laboral a los fines de continuar con su proceso de formación personal y académica consignando las respectivas constancias. 3- Presentarse ante el ente que tenga a bien designar el Tribunal de ejecución; 4- prohibición de acercarse al lugar donde ocurrieron los hechos y al prohibición de acercarse a la victima y testigos. Asimismo se sanciona a cumplir SEIS (6) MESES DE SERVICIOS a la COMUNIDAD. Ambas sanciones a cumplir de manera simultanea, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 620 literales B, C y D, con relación a los artículos 622, 624, 625 y 626, ejus.....