En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Vargas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DE LA DEMANDA de nulidad del acto administrativo de efectos particulares interpuesta por Sociedad Mercantil CONSORCIO VENEZOLANO DE INDUSTRIAS AERONAUTICAS Y SERVICIOS AEREOS, S.A. (CONVIASA), contra la providencia administrativa Nº 014/2020, de fecha 17 de noviembre del año 2020, dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, sustanciada en el expediente Nº 036-2019-01-00674, dándole efecto de cosa juzgada.
Notifíquese a la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas y al ciudadano Procurador General de la República, remitiéndole copia certificada de la presente decisión. A partir del día hábil siguiente, a la constancia en autos que deje el alguacil, comenzará a transcurrir el lapso establecido en el artíc.....