1) Declara INADMISIBLE la apelación interpuesta por los abogados PABLO MARCIAL MORA MAZZA y DAYANA DEL VALLE ASTUDILLO SÁNCHEZ, actuando en su carácter de defensores de los ciudadanos HECTOR ORLANDO MATHEUS TORREALBA y JESÚS ANDRES ROMERO ORTEGA, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control, mediante la cual admitió totalmente la acusación fiscal.
2) Admite pero declara SIN LUGAR la apelación interpuesta contra la decisión del Tribunal de Control que negó el acuerdo reparatorio propuesto por los acusados.