PRIMERO: SE DECLARA INADMISIBLE las pruebas promovidas tanto como por la Defensa como por la Fiscalía, sobre el medio de reproducción de conformidad con lo establecido en el artículo 445 último aparte del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: SE ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado IGOR MARTINEZ, en su carácter de Defensor Privado de la ciudadana FRANCIS NACIRETH MARTINEZ SALCEDO, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.005.546, de acuerdo con lo previsto en el artículo 444 numerales 2 y 5 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la sentencia dictada en fecha 15 de mayo de 2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal Funciones de Juicio de este Circuito Judicial, mediante la cual CONDENO a la precitada ciudadana a cumplir la pena de QUINCE (15) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COOPERADORA INMEDIATA, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1, .....