Hace los siguientes pronunciamientos: 1) ANULA la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Circunscripcional, de fecha 06 de abril de 2006, mediante la cual condenó a las acusadas NANCY CECILIA GRANADILLO VALBUENA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.778.314 y EGGLE DEL CARMEN GRANADILLO DE PEREIRA, venezolana, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.145.851, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS y SEIS (6) MESES de PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, tipificado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. 2) ORDENA la celebración de un nuevo juicio oral ante un Juez en el mismo circuito judicial, distinto al que pronunció la sentencia que en este fallo se anula.
Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto.