1.- CONFIRMA la decisión pronunciada y publicada en fecha 16/07/2011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control de este Circuito Judicial, en la que decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano EMILIO JOSE APONTE CARABALLO, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 primer aparte del Código Penal, ello por encontrarse satisfechos los requisitos exigidos en el artículo 250 del texto adjetivo penal.
2.- REVOCA la decisión pronunciada y publicada en fecha 16/07/2011 por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en funciones de Control de este Circuito Jud.....