PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la abogada por la abogada MARIE ESTHER BOLIVAR VIUR, en su carácter de Defensora Pública Penal Novena del Estado Vargas, del ciudadano LUIS ALBERTO MEZA ZAPATA, titular de la cédula de identidad Nº V-17.050.128, en contra de la decisión dictada en fecha 10/09/2013, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual DECRETO la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIALK PREVENTIVA DE LIBERTAD del precitado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, LESIONES LEVES EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en el artículo 416 en concordancia con el artículo 424 del Código Penal en perjuicio de la víctima ALMUGHIER DE AMOURI NSREIN ADNAN y PRIVACION ILEGITIMA DE LIBERTAD, previsto y sancionado en el artículo 174 del Código Penal.