DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, esta Corte de Apelaciones en Penal Ordinario, Responsabilidad Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara QUE NO HAY LUGAR A LA REVISION del recurso de apelación interpuesto por la profesional del derecho Dra. Dra. YUSMARA SOTO, en su carácter de Defensora Publica Primera Penal Ordinario en Fase del Proceso del estado Vargas del ciudadano ANDERSON JOSE DIAZ GUATACHE, titular de la cedula de identidad Nro. V- 27.858.871, contra la decisión dictada en fecha 18 de Junio de 2016, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al precitado ciudadano, por la presunta comisión de los delitos de de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COAUTORIA, previsto.....