ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el Profesional del Derecho Abogado JOSE ALEJANDRO MARQUEZ MARIN, en su carácter de defensor del imputado ESCOBAR FERNANDEZ ALBERT EMMANUEL, en contra de la decisión dictada en fecha 11 de Julio de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual decretó la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra el mencionado imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 250, numerales 1° y 2°, en relación con los numerales 2º, 3° y parágrafo primero del artículo 251, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 277, ambos del Código Penal