Se DECLARA INADMISIBLE a tenor de lo establecido en el artículo 428 literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal y en acatamiento a las jurisprudencias emanadas de las Salas de Casación Penal y Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, el Recurso de Apelación interpuesto por los Abogados YENITZA CRISTINA MONCADA PAREDES, Fiscal Auxiliar Quincuagésimo Cuarto Nacional Contra La Legitimación de Capitales, Delitos Financieros y Económicos del Ministerio Público y JOSE GABRIEL URBANO, Fiscal Provisorio Tercero del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en razón de la decisión dictada por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 18/02/2015, mediante la cual DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa con respecto a la comisión del delito de ASOCIACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 37 de la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y el Financiamiento al Terrorism.....