acordó revisar la sentencia dictada por el extinto Juzgado Superior Segundo en lo Penal Circunscripcional de fecha 15-05-1997, mediante la cual condenó al ciudadano PEDRON COLON RAUL DALINO, a cumplir la pena de VEINTE (20) AÑOS DE PRESIDIO y, en su lugar se rebaja la misma a DIECISIETE (17) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1°, del Código Penal vigente; en relación a los ciudadanos GAMARRA IRIARTE OMAR JOSE y CASTRO ROMERO DANIEL ALFREDO mediante la cual fueron condenados a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, y en su lugar se rebaja la misma a OCHO (08) AÑOS Y NUEVE (09) MESES DE PRISION por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1°, del Código Penal vigente, en relación con el articulo 84 ejusdem; y para el ciudadano JOSE JAVIER MOROS mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de S.....