DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONFIRMA la decisión dictada en Audiencia Especial de Presentación del Aprehendido, celebrada en fecha 28 de Agosto de 2015, por el Juzgado Tercero de Control de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual decretó a los imputados JESÚS GONZALEZ e ISMAEL PINEDA, la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con lo establecido en los artículos 236 numerales 1, 2, 3 y 237 numeral 2 y parágrafo primero, todos del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de: TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.
Se declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpue.....