ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada por la abogada MARELYS FARIAS, en su carácter de Defensora Pública Tercera Auxiliar en Fase de Proceso del estado Vargas de el ciudadano BELLO RODRIGUEZ JOHANY JOSE, respectivamente, contra la decisión dictada en fecha 23 de Julio de 2016, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual se decretó la Medida Judicial Preventiva de Libertad a el precitado ciudadano por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y LESIONES GENÉRICAS, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Alex Jesús Méndez Castañeda.