Se declara No tener materia sobre la cual decidir y en consecuencia ordena al Juez Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de esta misma Circunscripción Judicial, seguir conociendo del presente asunto hasta sentencia definitiva, por haberle sido revocado el poder al profesional del derecho Idelfonso Ifill.