Se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el tercer interviniente; Mapfre La Seguridad, C.A., y por lo tanto se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha quince (15) de julio de 2.009, y publicada en extenso en fecha veintinueve (29) de julio de 2.009, relativa al juicio que por Daños Materiales por Accidente de Tránsito, incoara el ciudadano; GERMAN JOSE PIPPOLI AGUILAR, contra el ciudadano RICARDO JOSE GÓMEZ CRUZCO Y BANCO PROVINCIAL, C.A. BANCO UNIVERSAL (Ambas partes identificadas plenamente en el encabezado de este fallo).