Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por el ciudadano OSWALDO JOSÉ MARCANO MAGDALENO, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 5.570.831, el Tribunal, en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil.