Se HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento presentado por la ciudadana ANA KARINA FRANCO ANDRADE, titular de la cédula de identidad No. V- 17.482.363, debidamente representada por el profesional del derecho HECTOR DE JESÚS PEREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 91.635, y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, conforme a lo previsto en los artículos 263, 265 y 266 del Código de Procedimiento Civil. Así se establece.