Se DECLARA:PRIMERO: CON LUGAR la demanda por ACCIÓN DECLARATIVA DE CONCUBINATO interpuesta por el ciudadano LUIS ALBERTO NODA ROSALES, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-3.366.382, contra la ciudadana DOLORES JOSEFINA CARABALLO LÓPEZ, venezolana y titular de la cédula de identidad Nº V.-6.476.036. Así se decide. SEGUNDO: SE DECLARA que existió una relación concubinaria entre el ciudadano LUIS ALBERTO NODA ROSALES y la ciudadana DOLORES JOSEFINA CARABALLO LÓPEZ, identificados en autos, desde el año de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1995) hasta el mes de Agosto del Dos Mil Nueve (2009). Así se decide. TERCERO: No existe condenatoria en costas por la naturaleza del presente fallo. Así se decide.