Se SUSPENDE la causa por un lapso de ciento ochenta (180) días hábiles y se ORDENA la notificación de los ciudadanos JUAN JOSÉ VAQUERO BARRERA, MARÍA LUISA VAQUERO BARRERA, DOLORES VAQUERO BARRERA y MARÍA DEL CARMEN VAQUERO BARRERA, venezolanos, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V.-4.853.380, V.-5.524.203, V.-4.856.926 y V.-5.975.091, en resguardo y estabilidad de sus derechos, a los fines de que tome conocimiento del inicio del trámite de ejecución, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Contra el Desalojo y la Desocupación Arbitraria de Viviendas, publicado en Gaceta Oficial Nº 385.152, en fecha 6 de mayo de 2011.