Este Tribunal, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE el derecho a cobrar honorarios profesionales judiciales de la parte actora, abogado JESÚS EDUARDO RODRÍGUEZ, actuando en su propio nombre, producto de la condenatoria en costas proferida en la sentencia definitivamente firme de fecha 28 de julio de 2010, dictada por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño, Niña y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en la cual declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada, ratificando así la sentencia de fecha 24 de septiembre de 2010 dictada por este Tribunal, en la cual se declaró CON LUGAR la acción que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoaran los ciudadanos WILLIAMS SUÁREZ SAYA y MARÍA LUISA SUÁREZ contra los aquí demandados. Así se establece. SEGUNDO: Se CONDENA a la parte demandada, ciudadanos MARÍA YRENE.....