Se dicta auto mediante el cual el Tribunal: visto que en el presente expediente considera quien aquí decide, deben ser aclarados determinados hechos y por cuanto ya fueron presentados los Informes respectivos, este tribunal juzga procedente dictar este auto para mejor proveer, de conformidad con lo previsto en el artículo 514 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, ordena la práctica de las siguientes actuaciones:
1) Inspección Judicial en las Oficinas de Administración del Conjunto Residencias Los Dos Delfines, Urbanización Playa Grande, Parroquia Catia La Mar, Estado Vargas, la cual se efectuará el día jueves 13 de los corrientes a las 11:00 a.m. Habilitándose el tiempo necesario.
2) Ordena la comparecencia del ciudadano GENARO GUARINO, para que a las 11:00 a.m., del tercer día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, se proceda a su interrogatorio sobre el contenido del documento privado emitido por él, cursante al folio 171.
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