Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal, Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Que ha operado la COSA JUZGADA, en virtud del Convenimiento suscrito entre las partes, celebrado por ante el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial del estado Vargas, y la HOMOLOGACION dictada por éste.-
SEGUNDO: En virtud del contenido de la presente decisión no hay condenatoria en costas a ninguna de las partes.