este TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LA GUAIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE DOCUMENTO CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por el ciudadano ANGEL RAMON PEREIRA SOSA, mayor de edad, venezolano y titular de la Cédula de Identidad N° V-11.637.172, contra la ciudadana INES COROMOTO DIAZ CASANOVA, mayor de edad, venezolana y titular de la Cédula de Identidad N° V-18.029.532, en consecuencia se declara judicialmente reconocido, el instrumento que se acompaño como documento fundamental de la presente acción, así como las firmas contenidas en el mismo y que se encuentra agregado en el folio tres (03) y su vuelto del presente expediente.