SE DICTA AUTO Y SE decreta medida de embargo ejecutivo sobre bienes propiedad de la parte demandada ciudadano: ANTONIO PEREIRA, titular de las Cédula de Identidad Nro., 81.377.051, hasta cubrir la cantidad de CINCUENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS DOS BOLIVARES CON SESENTA Y OCHO CÉNTIMOS (Bs. 56.663.902,68) que comprende el doble de la cantidad liquida condenada a pagar o sea CUARENTA Y NUEVE MILLONES CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 49.059.656,oo), más las costas y costos calculados prudencialmente por el Tribunal en la suma de DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS BOLIVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (Bs. 2.452.982.80) o sea el Diez por ciento (10%) de la suma condenada a pagar