Ordena el ENJUICIAMIENTO del joven acusado IDENTIDAD OMITIDA, admitiendo totalmente las dos (2) acusaciones, una por los delitos ROBO AGRAVADO y HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO en ejecución de un Robo previstos en los artículos 460, 408 ordinal 1ro en relación al 80 tipicidad prevista en el Código Penal y la segunda por el delito de ROBO AGRAVADO tipificado en el artículo 458 del Código Penal, y se ordena quedar detenido con la imposición de la cautelar de Prisión Preventiva Judicial conforme al artículo 581 de la LOPNA, para asegurar su comparecencia al Juicio Oral y Privado que pesa en su contra.-