DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Se DECRETA el ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES DE LA CAUSA, a favor de las adolescentes IDENTIDAD OMITIDA, titular de la cedula de identidad Nº V-21.193.267, de conformidad con lo previsto en el articulo 314 ultima parte del Código Orgánico procesal penal aplicado por remisión del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. Publíquese. Notifíquese. Diarícese. Déjese copia de la presente decisión.
En Macuto, a los Once (11) días del mes de Enero de Dos Mil Diez (2010).